Art. 1

Art. 1

En vigor desde 25 may 2009
Artículo 1 Se aprueba por un período de tres años, a partir del 1 de enero de 2009, el Programa de Investigación Complementario relativo a la explotación del HFR, en lo sucesivo denominado «el Programa», cuyos objetivos se definen en el anexo I.
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