Art. 1

Art. 1

En vigor desde 16 abr 2009
Artículo único Se da por concluido el procedimiento antidumping relativo a las importaciones de productos planos de acero inoxidable simplemente laminados en frío originarios de la República Popular China, de la República de Corea y de Taiwán, normalmente declarados con los códigos NC 7219 31 00 , 7219 32 10 , 7219 32 90 , 7219 33 10 , 7219 33 90 , 7219 34 10 , 7219 34 90 , 7219 35 10 , 7219 35 90 , 7220 20 21 , 7220 20 29 , 7220 20 41 , 7220 20 49 , 7220 20 81 y 7220 20 89 .
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