Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 dic 2008
Artículo 1 Las medidas de ayuda estatal que Polonia tiene la intención de conceder a BVG Medien Beteiligungs GmbH son compatibles con el mercado común de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87, apartado 3, letra a), del Tratado CE. Por consiguiente, se autoriza la concesión de ayuda por un importe no superior a 220,057 millones PLN en valor actualizado (lo que representa una intensidad de ayuda del 29,98 % ENS de unos costes subvencionables que ascienden a 734,031 millones PLN en valor actualizado). En caso de que los costes subvencionables sean inferiores, la intensidad de ayuda no debe superar el 29,98 % ENS de tales costes.
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