Art. 1
En vigor desde 9 dic 2008
Artículo 1
Queda autorizado, durante el período de gestión de 2008, el sistema de puesta en común del esfuerzo pesquero del Reino Unido con vistas a la gestión, en aguas comunitarias de las zonas CIEM IIa, IVa a IVc y VIa, del esfuerzo pesquero de los buques que utilizan redes de arrastre, redes de cerco danesas y artes similares, excepto las redes de arrastre de vara, con una malla igual o superior a 70 mm e inferior a 90 mm, o igual o superior a 100 mm, por medio de la asignación y el seguimiento de los kilovatios-día, presentado el 14 de abril, el 2 de mayo y el 22 de julio de 2008.
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