Art. 1

Art. 1

En vigor desde 29 oct 2008
Artículo 1 En el anexo I se establece la lista de puertos, codificados y clasificados por países y por zonas costeras marítimas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2008:861:oj#art-1