Art. 1
En vigor desde 15 sept 2008
Artículo 1
La lista de personas que figura en el anexo de la Posición Común 2004/293/PESC se sustituye por la que figura en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2008:732:oj#art-1