Art. 1

Art. 1

En vigor desde 30 jul 2008
Artículo 1 El artículo 2 de la Decisión 2005/692/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 2 1.   Los Estados miembros suspenderán la importación de China de: a) carne fresca de aves de corral; b) preparados y productos a base de carne de aves de corral, o que contengan dicha carne; c) alimentos y piensos no transformados para animales de compañía que contengan cualquier parte de aves de corral; d) huevos de mesa para el consumo humano, y e) trofeos de caza, no tratados, de cualesquiera aves. 2.   Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, los Estados miembros autorizarán la importación de productos a base de carne de aves de corral, o que contengan dicha carne, siempre que esta haya sido sometida a uno o varios de los tratamientos específicos contemplados en los puntos B, C o D de la parte 4 del anexo II de la Decisión 2007/777/CE.».
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