Art. 246 · Cláusula de revisión

Art. 246

Cláusula de revisión

En vigor desde 15 jul 2008
Artículo 246 Cláusula de revisión 1.   Las Partes están de acuerdo en considerar una extensión del presente Acuerdo a fin de ampliar y complementar su ámbito de aplicación de conformidad con su respectiva legislación, modificándolo o celebrando acuerdos sobre actividades o sectores específicos a la luz de la experiencia adquirida durante su aplicación. Las Partes podrán también considerar una revisión del presente Acuerdo para incluir a los países y territorios de ultramar asociados a la Comunidad Europea en el ámbito de aplicación del presente Acuerdo. 2.   Por lo que se refiere a la aplicación del presente Acuerdo, cualquier Parte podrá hacer sugerencias tendentes a ajustar la cooperación comercial, teniendo en cuenta la experiencia adquirida durante la aplicación del mismo. 3.   Las Partes están de acuerdo en que el presente Acuerdo puede necesitar una revisión habida cuenta de la expiración del Acuerdo de Cotonú.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2008:805:oj#art-246