Art. 133 · Integración regional

Art. 133

Integración regional

En vigor desde 15 jul 2008
Artículo 133 Integración regional Las Partes reconocen que es preciso adoptar medidas y políticas a escala regional para alcanzar plenamente los objetivos de la presente sección. Los Estados del Cariforum acuerdan aumentar las acciones a escala regional para ofrecer a las empresas un marco reglamentario y político que incentive la competitividad a través de la innovación y de la creatividad.
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