Art. 132
Objetivos
En vigor desde 15 jul 2008
Artículo 132
Objetivos
Los objetivos del presente capítulo son los siguientes:
a)
promover el proceso de innovación, incluida la ecoinnovación, de las empresas situadas en las Partes;
b)
estimular la competitividad de las empresas, en especial de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas de las Partes;
c)
facilitar la producción y comercialización de productos innovadores y creativos entre las Partes;
d)
alcanzar un nivel adecuado y eficaz de protección y aplicación efectiva de los derechos de propiedad intelectual;
e)
contribuir al fomento de la innovación tecnológica y a la transferencia y difusión de tecnología y de conocimientos técnicos;
f)
fomentar, desarrollar y facilitar las actividades de investigación y desarrollo cooperativas en materia de ciencia y tecnología entre las Partes, así como desarrollar relaciones duraderas entre las comunidades científicas de las Partes;
g)
fomentar, desarrollar y facilitar las actividades cooperativas de producción y desarrollo de las industrias creativas de las Partes, así como desarrollar relaciones duraderas entre las comunidades creativas de las Partes;
h)
promover y reforzar las actividades cooperativas regionales que afectan a las regiones ultraperiféricas de la Comunidad Europea para que dichas regiones y los Estados del Cariforum se beneficien mutuamente de su situación de proximidad y vecindad mediante el desarrollo de un área regional innovadora y competitiva.
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