Art. 116
Normas medioambientales y de calidad
En vigor desde 15 jul 2008
Artículo 116
Normas medioambientales y de calidad
Las Partes y los Estados signatarios del Cariforum promoverán el cumplimiento de las normas medioambientales y de calidad aplicables a los servicios turísticos de forma razonable y objetiva, sin crear obstáculos innecesarios al comercio, y procurarán facilitar la participación de los Estados signatarios del Cariforum en las organizaciones internacionales pertinentes que establecen las normas medioambientales y de calidad aplicables a los servicios turísticos.
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