Art. 4
En vigor desde 4 jul 2008
Artículo 4
En el transcurso del primer semestre de 2008 se pondrá en marcha un proceso de licitación. Antes del 30 de septiembre de 2008 se celebrará un contrato de servicios, conforme al Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (9) y a sus normas de desarrollo, establecidas en el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión (10).
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