Art. 2
ADNS (sistema de notificación de las enfermedades de los animales)
En vigor desde 6 may 2008
Artículo 2
ADNS (sistema de notificación de las enfermedades de los animales)
Se concede una participación financiera comunitaria de 270 000 EUR para actualizar el sistema de notificación de las enfermedades de los animales, establecido por la Decisión 2005/176/CE.
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