Art. 4
Fraccionamiento de un envío
En vigor desde 29 abr 2008
Artículo 4
Fraccionamiento de un envío
En caso de que se fraccione un envío, cada parte del mismo irá acompañada de una copia compulsada del informe de análisis contemplado en el artículo 2, apartados 1 y 5, hasta la fase de venta al por mayor inclusive. La autoridad competente también podrá proporcionar copias compulsadas del informe de análisis en el momento del despacho a libre práctica, en caso de que el explotador de la empresa de alimentos o de piensos manifieste su intención de fraccionar el envío.
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