Art. 1

Art. 1

En vigor desde 25 mar 2008
Artículo 1 Se autoriza al Reino de España y a la República de Polonia a utilizar un total de 212 671 kg de bromuro de metilo para usos críticos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2008, desglosado en las cantidades y categorías de uso específicas que figuran en los anexos I y II.
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