Art. 2

Art. 2

En vigor desde 30 ene 2008
Artículo 2 Los anexos I, II y III de la Decisión 2003/467/CE quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo II de la presente Decisión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2008:97(1):oj#art-2