Art. 3
Plan de vacunación de urgencia contra la peste porcina clásica de los cerdos de explotaciones porcinas, mediante una vacuna marcadora
En vigor desde 21 dic 2007
Artículo 3
Plan de vacunación de urgencia contra la peste porcina clásica de los cerdos de explotaciones porcinas, mediante una vacuna marcadora
Se aprueba el plan presentado por Rumanía a la Comisión el 29 de noviembre de 2007 para la vacunación de urgencia contra la peste porcina clásica de los cerdos de explotaciones porcinas, mediante una vacuna marcadora, en la zona establecida en el punto 3 del anexo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2007:870:oj#art-3