Art. 4
En vigor desde 20 dic 2007
Artículo 4
El artículo 5 de la Decisión 2002/371/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 5
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “productos textiles”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de mayo de 2009.».
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Proeli:dec:2008:63(1):oj#art-4