Art. 2
Prioridades políticas
En vigor desde 11 dic 2007
Artículo 2
Prioridades políticas
1. Teniendo en cuenta los recursos disponibles de las autoridades nacionales y la Comisión, el programa se guiará por las principales prioridades de la política comunitaria en relación con:
a)
la prosperidad, la competitividad, la innovación y el crecimiento;
b)
la solidaridad y el desarrollo humano;
c)
la cohesión económica, social y regional, el desarrollo sostenible y los retos demográficos;
d)
la seguridad, y
e)
la nueva ampliación de la Unión Europea.
2. Las prioridades globales y los objetivos generales del programa serán objeto de planificación anual detallada según lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 322/97.
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