Art. 3
En vigor desde 10 dic 2007
Artículo 3
La Decisión 2006/876/CE queda modificada como sigue:
1)
En el artículo 1, el apartado 2 queda modificado como sigue:
a)
en la letra a), «830 000 EUR» se sustituye por «0 EUR»;
b)
en la letra b), «800 000 EUR» se sustituye por «0 EUR».
2)
En el artículo 2, apartado 2, letra a), «425 000 EUR» se sustituye por «275 000 EUR».
3)
En el artículo 3, apartado 2, letra a), «508 000 EUR» se sustituye por «5 000 EUR».
4)
En el artículo 4, el apartado 2 queda modificado como sigue:
a)
en la letra a), «23 000 EUR» se sustituye por «88 000 EUR»;
b)
en la letra b), «105 000 EUR» se sustituye por «505 000 EUR».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2007:851:oj#art-3