Art. 1

Art. 1

En vigor desde 4 dic 2007
Artículo 1 1.   El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos derivados de la ejecución de la Acción Común 2007/749/PESC ascenderá a 14 800 000 EUR para 2008. 2.   Los gastos financiados mediante el importe indicado en el apartado 1 se gestionarán de acuerdo con los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión Europea, con la salvedad de que las financiaciones previas no serán propiedad de la Comunidad.
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