Art. 17
Entrada en vigor
En vigor desde 22 nov 2007
Artículo 17
Entrada en vigor
El presente Acuerdo se redacta en doble ejemplar en lenguas alemana, búlgara, checa, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega, húngara, inglesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa, rumana y sueca, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico. Entrará en vigor el 1 de enero de 2007.
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