Art. 1
Ámbito de aplicación
En vigor desde 22 nov 2007
Artículo 1
Ámbito de aplicación
El presente Acuerdo establece los principios, normas y procedimientos que regulan:
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la cooperación económica, financiera, técnica y científica en el sector pesquero con el fin de promover la pesca responsable en la zona de pesca de Mozambique para garantizar la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros y desarrollar el sector pesquero mozambiqueño,
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las condiciones de acceso de los buques pesqueros comunitarios a la zona de pesca de Mozambique,
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la cooperación relativa a las disposiciones de control de las actividades pesqueras en la zona de pesca de Mozambique con objeto de garantizar el cumplimiento de las citadas normas y condiciones, la eficacia de las medidas de conservación y de gestión de los recursos pesqueros y la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada,
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las asociaciones entre agentes económicos destinadas a desarrollar actividades económicas en el sector pesquero y actividades conexas, en aras del interés común.
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