Art. 1
En vigor desde 13 nov 2007
Artículo 1
No obstante lo dispuesto en el artículo 193 de la Directiva 2006/112/CE, se autoriza al Reino de los Países Bajos a aplicar, hasta el 31 de diciembre de 2009, en el sector de la confección, un régimen por el que se transfiera a la empresa de confección (contratante) la obligación de los subcontratistas de satisfacer el IVA a las autoridades fiscales.
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