Art. 14
Derogación
En vigor desde 23 oct 2007
Artículo 14
Derogación
Queda derogada la Decisión no 1786/2002/CE con efecto a partir del 1 de enero de 2008.
La Comisión adoptará las disposiciones administrativas necesarias para una buena transición entre las medidas adoptadas en virtud de la Decisión no 1786/2002/CE y las aplicadas en el marco del presente Programa.
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