Art. 1
Aplicabilidad
En vigor desde 27 sept 2007
Artículo 1
En la Decisión 2006/802/CE, el artículo 8 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 8
Aplicabilidad
La presente Decisión será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2007.».
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Proeli:dec:2007:625:oj#art-1