Art. 4

Art. 4

En vigor desde 29 mar 2007
Artículo 4 El artículo 5 de la Decisión 2004/669/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 5 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “frigoríficos”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de mayo de 2008.».
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