Art. 4 · Denominación, remuneración y vencimiento del activo equivalente a la contribución del Banka Slovenije

Art. 4

Denominación, remuneración y vencimiento del activo equivalente a la contribución del Banka Slovenije

En vigor desde 30 dic 2006
Artículo 4 Denominación, remuneración y vencimiento del activo equivalente a la contribución del Banka Slovenije 1.   Con efectos a partir del 1 de enero de 2007 y con sujeción a lo especificado en el artículo 3 en relación con las fechas de liquidación de las transferencias de activos exteriores de reserva, el BCE acreditará al Banka Slovenije un activo denominado en euros equivalente al importe total en euros de la aportación de activos exteriores de reserva del Banka Slovenije, es decir, 183 995 237,74 EUR. 2.   El activo acreditado por el BCE al Banka Slovenije será remunerado. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de interés marginal empleado por el SEBC en su operación principal de financiación más reciente. 3.   El activo se remunerará al final de cada ejercicio económico. El BCE informará trimestralmente al Banka Slovenije del importe acumulado. 4.   El activo no será amortizable.
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