Art. 3
Acciones
En vigor desde 12 dic 2006
Artículo 3
Acciones
1. Se procurará la consecución de los objetivos del programa mediante el apoyo a las siguientes acciones que se detallan en la parte I del anexo:
a)
«Ciudadanos activos con Europa», que se traduce en:
—
hermanamientos de ciudades;
—
proyectos de ciudadanos y medidas de apoyo.
b)
«Sociedad civil activa en Europa», que se traduce en:
—
apoyo estructural a las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión);
—
apoyo estructural a organizaciones de la sociedad civil a escala europea;
—
apoyo a proyectos iniciados por organizaciones de la sociedad civil.
c)
«Juntos con Europa», que se traduce en:
—
actos de gran visibilidad, tales como conmemoraciones, premios, actos artísticos, conferencias a escala europea, etc.;
—
estudios, encuestas y sondeos de opinión;
—
herramientas de información y difusión.
d)
«Memoria histórica activa de Europa», que se traduce en:
—
la conservación de los lugares principales y los archivos relacionados con las deportaciones y la conmemoración de las víctimas.
2. En todas las acciones se dará prioridad a una integración equilibrada de ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros, con arreglo al objetivo específico establecido en el artículo 2, letra d).
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