Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación del programa
En vigor desde 12 dic 2006
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación del programa
1. Mediante la presente Decisión se establece el programa «Europa con los ciudadanos» para el periodo que va del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2013, en lo sucesivo denominado «el programa».
2. El programa contribuirá a la consecución de los objetivos generales siguientes:
a)
brindar a los ciudadanos la oportunidad de interactuar y participar en la construcción de una Europa cada vez más cercana, que sea democrática y abierta al mundo, unida y enriquecida por su diversidad cultural, desarrollando así la ciudadanía de la Unión Europea;
b)
desarrollar un sentimiento de identidad europea, basada en unos valores, una historia y culturas comunes;
c)
fomentar el sentido de pertenencia a la Unión Europea entre sus ciudadanos;
d)
mejorar la tolerancia y la comprensión mutua entre los ciudadanos europeos, respetando y fomentando la diversidad cultural y lingüística, y contribuyendo al diálogo intercultural.
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