Art. 12

Art. 12

En vigor desde 30 nov 2006
Artículo 12 1.   Quedan aprobados los programas de seguimiento de la gripe aviar en aves de corral y aves silvestres presentados por Bélgica, la República Checa, Dinamarca, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, los Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia y el Reino Unido para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007. 2.   La participación financiera de la Comunidad en los gastos por el análisis de muestras queda fijada en el 50 % de los gastos a los que vaya a hacer frente cada Estado miembro, hasta un máximo de: a) 66 000 EUR para Bélgica; b) 74 000 EUR para la República Checa; c) 160 000 EUR para Dinamarca; d) 243 000 EUR para Alemania; e) 40 000 EUR para Estonia; f) 42 000 EUR para Grecia; g) 82 000 EUR para España; h) 280 000 EUR para Francia; i) 59 000 EUR para Irlanda; j) 510 000 EUR para Italia; k) 15 000 EUR para Chipre; l) 15 000 EUR para Letonia; m) 12 000 EUR para Lituania; n) 10 000 EUR para Luxemburgo; o) 110 000 EUR para Hungría; p) 5 000 EUR para Malta; q) 126 000 EUR para los Países Bajos; r) 42 000 EUR para Austria; s) 87 000 EUR para Polonia; t) 121 000 EUR para Portugal; u) 32 000 EUR para Eslovenia; v) 21 000 EUR para Eslovaquia; w) 27 000 EUR para Finlandia; x) 130 000 EUR para Suecia; y) 275 000 EUR para el Reino Unido. 3.   Los importes máximos que se reembolsarán a los Estados miembros por los costes de las pruebas realizadas en el marco de los programas no superarán: a) prueba ELISA 1 EUR por prueba; b) prueba de inmunodifusión en gel de agar: 1,2 EUR por prueba; c) prueba de inhibición de la hemaglutinación para H5/H7: 12 EUR por prueba; d) prueba de aislamiento del virus: 30 EUR por prueba; e) Prueba PCR 15 EUR por prueba.
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