Art. 11
En vigor desde 30 nov 2006
Artículo 11
1. Quedan aprobados los programas de erradicación de las enfermedades cowdriosis, babesiosis y anaplasmosis (plan Poseidom) transmitidas por insectos vectores en los departamentos franceses de ultramar de Guadalupe, Martinica y Reunión, presentados por Francia para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.
2. La participación financiera de la Comunidad queda fijada en el 50 % de los gastos a los que vaya a hacer frente Francia para aplicar los programas contemplados en el apartado 1, hasta un máximo de 50 000 EUR.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2006:875:oj#art-11