Art. 3
Subprogramas
En vigor desde 15 nov 2006
Artículo 3
Subprogramas
1. Los subprogramas sectoriales serán los siguientes:
a)
el programa Comenius, que atenderá a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en la educación preescolar y escolar, hasta el final del segundo ciclo de educación secundaria, así como de los centros y organizaciones que imparten esa educación;
b)
el programa Erasmus, que atenderá a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en la educación superior formal y en la educación y formación profesional de nivel terciario, cualquiera que sea la duración de la carrera o cualificación e incluidos los estudios de doctorado, así como de los centros y organizaciones que imparten o facilitan esa educación y formación;
c)
el programa Leonardo da Vinci, que atenderá a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en la educación y formación profesional, excluida la de nivel terciario, así como de los centros y organizaciones que imparten o facilitan esa educación y formación;
d)
el programa Grundtvig, que atenderá a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de los participantes en todas las formas de educación de adultos, así como de los centros y organizaciones que imparten o facilitan esa educación.
2. El programa transversal abarcará las cuatro actividades clave siguientes:
a)
cooperación política e innovación en materia de aprendizaje permanente;
b)
fomento del aprendizaje de lenguas;
c)
desarrollo de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas innovadores y basados en las TIC, en el ámbito del aprendizaje permanente;
d)
difusión y aprovechamiento de los resultados de actividades subvencionadas al amparo del programa y de anteriores programas afines, así como intercambio de buenas prácticas.
3. El programa Jean Monnet prestará apoyo a centros y actividades en el ámbito de la integración europea. Abarcará las tres actividades clave siguientes:
a)
la Acción Jean Monnet;
b)
las subvenciones de funcionamiento para apoyar a centros específicos que traten temas relacionados con la integración europea;
c)
las subvenciones de funcionamiento para apoyar a otros centros y asociaciones europeos en los ámbitos de la educación y la formación.
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