Art. 5
Presentación de solicitudes
En vigor desde 24 oct 2006
Artículo 5
Presentación de solicitudes
1. Cada uno de los Estados miembros interesados publicará una convocatoria de presentación de solicitudes a más tardar seis años antes del inicio de la manifestación en cuestión.
Cada convocatoria de presentación de solicitudes, destinada a las ciudades candidatas al título, se referirá a los criterios establecidos en el artículo 4 y en la guía disponible en el sitio web de la Comisión.
El plazo para la presentación de solicitudes en el marco de cada convocatoria de presentación de solicitudes terminará, como muy tarde, diez meses después de su publicación.
Una solicitud presentada en el marco de una convocatoria de presentación de solicitudes presentará en líneas generales el programa que la ciudad candidata pretende llevar a cabo durante el año en cuestión.
2. El Estado miembro interesado notificará las solicitudes a la Comisión.
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