Art. 1

Art. 1

En vigor desde 6 oct 2006
Artículo 1 Quedan adoptadas las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión económica, social y territorial (en lo sucesivo, «las directrices estratégicas») expuestas en el anexo, en tanto que marco orientativo para los Estados miembros para la preparación de los marcos estratégicos nacionales de referencia y los programas operativos para el período comprendido entre 2007 y 2013.
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