Art. 1
Objetivo del estudio y disposiciones generales
En vigor desde 29 sept 2006
Artículo 1
Objetivo del estudio y disposiciones generales
1. Se llevará a cabo un estudio para evaluar la prevalencia de Salmonella spp. en los cerdos de abasto sometidos a muestreo en el matadero en el conjunto de la Comunidad. El estudio se utilizará también para obtener información, al mismo tiempo, sobre la contaminación de las canales en los mataderos y sobre la relación entre las pruebas bacteriológicas y serológicas.
2. Los resultados del estudio se utilizarán para fijar los objetivos comunitarios previstos en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 2160/2003 y para considerar el mejor planteamiento para evaluar la consecución del objetivo en el futuro.
3. El estudio abarcará un período de un año, a partir del 1 de octubre de 2006.
4. A efectos de la presente Decisión, por «autoridad competente» se entenderán las autoridades de un Estado miembro designadas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (CE) no 2160/2003.
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