Art. 7
En vigor desde 29 sept 2006
Artículo 7
La Comunidad concede una contribución financiera a Bélgica para las funciones y tareas previstas en el artículo 32 del Reglamento (CE) no 882/2004 que debe realizar el Centre Wallon de Recherches agronomiques (CRA-W), Gembloux, Bélgica, en relación con la realización de análisis y pruebas de proteínas animales en los piensos.
En el periodo que va del 1 de julio de 2006 al 31 de diciembre de 2006, dicha ayuda financiera no excederá de 263 000 EUR.
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