Art. 1

Art. 1

En vigor desde 26 sept 2006
Artículo 1 Las medidas que las autoridades polacas tenían la intención de aplicar a favor de Chemobudowa Kraków, por importe de 10 693 000 PLN, se anularon después de que la Comisión hubiera iniciado el procedimiento de investigación formal. Por consiguiente, el procedimiento de investigación formal ya no se aplica a estas medidas.
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