Art. 4
Ámbito de las actividades de cooperación
En vigor desde 1 sept 2006
Artículo 4
Ámbito de las actividades de cooperación
1. Las actividades de cooperación en la navegación y la temporización por satélite se desarrollarán en los siguientes sectores: espectro radioeléctrico, investigación científica y formación, cooperación industrial, comercio y desarrollo de mercados, normalización, certificación y medidas reglamentarias, aumentos, seguridad, responsabilidad y recuperación de costes. La lista del apartado 1 podrá ser modificada por las Partes mediante decisión del Comité Director del GNSS creado en virtud del artículo 14 del presente Acuerdo.
2. El presente Acuerdo no cubre la cooperación entre las Partes en los ámbitos que se indican más abajo. Si las Partes determinan de común acuerdo que la ampliación de la cooperación a cualquiera de los siguientes ámbitos sería en beneficio mutuo, deberán proceder a la negociación y celebración de los acuerdos oportunos entre las Partes:
2.1.
tecnologías y elementos sensibles de Galileo sujetos a los controles a la exportación y a las medidas reglamentarias de no proliferación aplicables en la Comunidad Europea o en sus Estados miembros;
2.2.
criptografía y seguridad de la información de Galileo (Infosec);
2.3.
arquitectura de seguridad del sistema Galileo (segmentos espacial, de tierra y de usuario);
2.4.
elementos de control de la seguridad del segmento mundial de Galileo;
2.5.
Servicios Públicos Regulados, en sus fases de definición, desarrollo, implementación, ensayo y evaluación y operacional (gestión y utilización), así como
2.6.
intercambio de información clasificada sobre la navegación por satélite y Galileo.
3. El presente Acuerdo no afectará a la estructura institucional de Derecho comunitario establecida para llevar a cabo las actividades del programa Galileo. Tampoco afectará a las medidas reglamentarias por las que se apliquen compromisos de no proliferación y control de las exportaciones, lo cual incluye el control de las transferencias intangibles de tecnología, ni a las medidas nacionales en materia de seguridad.
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