Art. 3 · Comunicación sobre el bienestar de los animales

Art. 3

Comunicación sobre el bienestar de los animales

En vigor desde 17 ago 2006
Artículo 3 Comunicación sobre el bienestar de los animales 1.   Se autoriza, por un importe de 200 000 EUR, el estudio encaminado a desarrollar tecnologías de la información y la comunicación en relación con los equipos de navegación por satélite que permitan aumentar la eficacia de los controles oficiales en lo que respecta al bienestar de los animales. 2.   La Comisión podrá facilitar a los consumidores, por un importe de 240 000 EUR, información relativa a la legislación comunitaria en materia de protección de los animales. 3.   La Comisión podrá comunicar a esos socios comerciales, por un importe de 230 000 EUR, información sobre los cambios de la legislación comunitaria en materia de protección de los animales.
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