Art. 1

Art. 1

En vigor desde 24 may 2006
Artículo 1 Con arreglo al artículo 95, apartado 6, párrafo tercero, del Tratado, se amplía hasta el 6 de diciembre de 2006 el plazo a que se hace referencia en dicho artículo, párrafo primero, para aprobar o rechazar las disposiciones nacionales sobre el cadmio en abonos notificadas por la República Checa el 1 de diciembre de 2005 de conformidad con el artículo 95, apartado 4.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2006:390:oj#art-1