Art. 2
En vigor desde 28 abr 2006
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, el Reino de España, la República Francesa, la República Helénica, la República Italiana, el Reino de los Países Bajos, la República Portuguesa, la República de Finlandia, el Reino de Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
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