Art. 1

Art. 1

En vigor desde 28 abr 2006
Artículo 1 La presente Decisión fija para 2006 el importe de los gastos subvencionables correspondiente a cada Estado miembro y el importe de la contribución financiera comunitaria a efectos de la recopilación y gestión de los datos necesarios para el funcionamiento de la política pesquera común.
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