Art. 1

Art. 1

En vigor desde 3 abr 2006
Artículo 1 Los Estados miembros suspenderán las importaciones de: a) aves de corral vivas, estrucioniformes vivas, aves de caza de cría y silvestres vivas, y los huevos para incubar de estas especies procedentes de las partes de Israel mencionadas en la parte A del anexo; b) los productos siguientes procedentes de las partes de Israel mencionadas en la parte B del anexo: i) carne fresca de aves de corral, estrucioniformes y aves de caza de cría y silvestres, ii) carne picada, carne separada mecánicamente, preparados de carne y productos cárnicos a base de carne de las especies mencionadas en el inciso i) o que contengan dicha carne, iii) alimentos para animales de compañía y piensos no transformados que contengan cualquier parte de aves de corral, estrucioniformes y aves de caza de cría y silvestres, iv) huevos para el consumo humano procedentes de aves de corral, estrucioniformes y aves de caza de cría y silvestres, así como ovoproductos no pasteurizados producidos a partir de dichos huevos, v) trofeos de caza, no tratados, de cualesquiera aves, vi) estiércol no tratado y productos a base de estiércol de cualquier tipo de aves.
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