Art. 2
En vigor desde 8 mar 2006
Artículo 2
La presente Decisión está basada en la situación de hecho y de derecho existente en noviembre de 2005, tal como se desprende de la información facilitada por el Reino Unido, el Informe 2005 y su anexo técnico. Podrá revisarse en caso de que, como consecuencia de cambios significativos en la situación de hecho o de derecho, dejaran de cumplirse las condiciones de aplicabilidad previstas en el artículo 30, apartado 1, de la Directiva 2004/17/CE.
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