Art. 9
En vigor desde 16 feb 2006
Artículo 9
La Comunidad concederá una ayuda financiera a Francia para que el laboratorio de la AFSSA de Nancy desempeñe las atribuciones y el cometido que, en relación con la serología de la rabia, se establecen en el anexo II de la Decisión 2000/258/CE.
La ayuda financiera de la Comunidad cubrirá el 100 % de los costes elegibles del laboratorio de la AFSSA de Nancy derivados del programa de trabajo hasta un máximo de 165 000 EUR para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2006.
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