Art. 91

Art. 91

En vigor desde 14 feb 2006
Artículo 91 El presente Acuerdo se redacta en doble ejemplar en lenguas alemana, danesa, española, finesa, francesa, griega, inglesa, italiana, neerlandesa, portuguesa, sueca y árabe, siendo todos estos textos igualmente auténticos. Será depositado en la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea.
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