Art. 30 · Textos auténticos

Art. 30

Textos auténticos

En vigor desde 2 dic 2005
Artículo 30 Textos auténticos El original del presente Protocolo, cuyos textos en inglés, francés y ruso son igualmente auténticos, se depositará en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
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