Art. 5 · Funciones del Organismo

Art. 5

Funciones del Organismo

En vigor desde 25 nov 2005
Artículo 5 Funciones del Organismo En conformidad con el párrafo 3 del artículo 1 y sin perjuicio de otras disposiciones de la presente Convención, los Estados Parte piden al Organismo lo siguiente: a) acopiar y difundir entre los Estados Parte y los Estados Miembros información acerca de: i) los expertos, el equipo y los materiales que se podrían facilitar en caso de accidente nuclear o emergencia radiológica; ii) las metodologías, las técnicas y los resultados de investigación disponibles en materia de respuesta a accidentes nucleares o emergencias radiológicas; b) prestar asistencia a todo Estado Parte o Estado Miembro que la solicite, en relación con cualesquiera de las materias siguientes o cualesquiera otras materias apropiadas: i) preparación tanto de planes de emergencia en caso de accidentes nucleares y emergencias radiológicas como de la legislación apropiada; ii) desarrollo de programas apropiados para la capacitación del personal que haya de atender a los accidentes nucleares y emergencias radiológicas; iii) transmisión de solicitudes de asistencia y de información pertinente en caso de accidente nuclear o emergencia radiológica; iv) desarrollo de programas, procedimientos y normas apropiados de vigilancia radiológica; v) realización de investigaciones sobre la viabilidad de establecer sistemas apropiados de vigilancia radiológica; c) facilitar a todo Estado Parte o Estado Miembro que solicite asistencia en caso de accidente nuclear o emergencia radiológica recursos apropiados asignados a los fines de efectuar una evaluación inicial del accidente o emergencia; d) ofrecer sus buenos oficios a los Estados Parte y Estados Miembros en caso de accidente nuclear o emergencia radiológica; e) establecer y mantener el enlace con organizaciones internacionales pertinentes con el fin de obtener e intercambiar información y datos pertinentes, y facilitar una lista de tales organizaciones a los Estados Parte, a los Estados Miembros y a las mencionadas organizaciones.
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