Art. 1

Art. 1

En vigor desde 21 nov 2005
Artículo 1 1.   El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la ejecución de la Sección II de la Acción Común 2005/557/PESC, desde el 29 de enero hasta el 28 de julio de 2006, será de 2 200 000 EUR. 2.   Los gastos financiados con el importe especificado en el apartado 1 se gestionarán con arreglo a los procedimientos y normas comunitarios aplicables al presupuesto, con la salvedad de que las prefinanciaciones no quedarán en propiedad de la Comunidad. Los nacionales de terceros países podrán participar en las licitaciones.
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